Modifican reglamento de la Ley de Voluntad Anticipada

Es un documento en el que una persona apta expresa su voluntad, acerca de las atenciones médicas que desea recibir en caso de padecer una enfermedad irreversible

El Gobierno del Distrito Federal publicó en la Gaceta Oficial las modificaciones pendientes al reglamento de la Ley de Voluntad Anticipada, por las que se facilitará que los enfermos terminales manifiesten su rechazo a someterse a tratamientos.

La nueva reglamentación prevé dos trámites para acceder a este derecho que son: el documento de Voluntad Anticipada mediante el cual una persona rechaza o acepta anticipadamente ante un notario, someterse a tratamientos para prolongar su vida en caso de necesitarlo.

El segundo, es el documento de Instrucciones de Cuidados Paliativos, mediante el cual un enfermo en etapa terminal puede aceptar o rechazar ante el personal de salud y dos testigos seguir con el tratamiento.

El pasado 27 de julio se publicaron las reformas a la ley para simplificar el acceso a este derecho, sin embargo para que entren en vigor, el gobierno local tenía que publicar en su Gaceta Oficial y en un plazo máximo de 180 días hábiles los cambios respectivos en el reglamento, lo que ocurrió este día.

De acuerdo a la Secretaría de Salud local la voluntad anticipada es un documento en el que una persona apta expresa su voluntad, acerca de las atenciones médicas que desea recibir en caso de padecer una enfermedad irreversible y que, encontrándose en la etapa terminal, le haya conducido a un estado en el que le sea imposible expresarse por sí mismo.

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